¿Puede Autopistas del Sol realizar Controles de Peso?

El día de hoy Autopistas del Sol puso en funcionamiento dos estaciones de pesaje móviles. Me parece bien que se controle el peso de la carga que trasladan los transportistas. Pero, como cualquier otra infracción a la Ley de Tránsito, cuando alguien incumple, este servidor o a algún otro tráfico, será el encargado de sancionar, asumiendo la responsabilidad que esto representa (apelaciones/demandas). Es por eso, que siempre profundizo en la legalidad de cada procedimiento, más cuando conlleva pruebas técnicas certificadas.

La Ley de Tránsito regula el transporte de carga en el Artículo 101 y lo que respecta a exceso de carga, específicamente en el inciso “f”:

“…f) Se prohíbe la circulación, por las vías públicas, de los vehículos con exceso de la carga permitida por la respectiva reglamentación. Los conductores de vehículos que infrinjan esta disposición, están obligados a descargar el exceso; pero cuando hayan recibido la carga cerrada con dispositivos de seguridad, la obligación de descargar el exceso corresponderá a los dueños o a los responsables de la carga en el país, de conformidad con el conocimiento de embarque…”

El irrespeto a la disposición anterior, es sancionado en el Artículo 133, inciso “e”, con unas multa de 144.240 + 30%. Únicamente el MOPT, a través de la Policía de tránsito puede aplicar dicha sanción.

¿Puede Autopistas del Sol realizar Controles de Peso?

El inciso “f” del Artículo 101 de la Ley de Tránsito vigente, nos refiere a una “reglamentación respectiva”, contenida en el Decreto Ejecutivo Nº 31363-MOPT, de cual reproduzco el fragmento que me llama la atención para este tema:

CAPÍTULO IV
Control de Campo

Artículo 31.—Verificación en los Puntos de Control. El MOPT podrá establecer los Puntos de Control que considere necesarios para el mejor cumplimiento de las disposiciones establecidas en el presente Reglamento.

Artículo 32.—Revisión de las cargas. El control técnico y administrativo de los vehículos en circulación afectados por las disposiciones del presente Reglamento será realizado por los funcionarios del MOPT capacitados para dicha tarea.

Artículo 33.—Obligatoriedad de pesaje del vehículo que se diere a la fuga o evadiere el control de pesaje. El conductor de vehículo afectado por las disposiciones del presente Reglamento que evada el control de pesaje o se diere a la fuga ante señalamiento de autoridad competente se atendrá a las sanciones que le correspondan de acuerdo con la legislación vigente, sin perjuicio de que el vehículo que conduce se lleve bajo custodia a cumplir con el preceptivo control de pesos y dimensiones.

¿Pueden? Juzguen ustedes…


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Funcionario público, detesto lo deshonesto, opino sin censura política.

19. junio 2012 by El Tráfico
Categories: Sin categoría | 6 comments

  • Atrejoscr

    Claro que pueden, lo que no pueden es hacer el parte, pero imagino que eso es muy fácil de coordinar con el Mopt

    • ElTraficocr

      Don Ale, es cierto que para hacer el parte deben coordinar con la Policia de Tránsito. Lo que yo veo ilegal, es que el decreto que regula el pesaje, dice que los equipos deben ser operados por empleados del Mopt y no por terceros.

  • Geekcr

    Yo no veo que afecte en mayor cosa que Autopistas del Sol haga los controles. Decir que no pueden sería como decir que Autopistas del Sol no puede cobrar los peajes, sino que tienen que ser funcionarios del MOPT los que lo hagan.

    Mas bien hay que revisar los reglamentos y decretos y cambiar lo que haga falta para facultar a Autopistas del Sol para los pesajes. Es ridículo ponerse a pelear porque sea Tránsito quien tenga que presionar el botón e imprimir un reporte en una balanza, la policía tiene mejores cosas que hacer con su tiempo.

    Como usted dice, a la hora de sancionar o bajar una carga tiene que ser la Policía de Tránsito quien ordene la medida. Incluso yo lo debatiría: qué diferencia hay que lo haga Autopistas del Sol con acta notarial y luego Tránsito tramite y cobre la multa? Tránsito se ahorra el oficial en el pesaje, y el riesgo al fin y al cabo lo asumiría en su totalidad Autopistas del Sol…

    Pero todo lo que venga antes de la sanción, mas bien le conviene a Tránsito quitárselo de encima.

    • ElTraficocr

      Estoy de acuerdo en todo su comentario exceptuando lo de sancionar sin ver.

      El punto es que los funcionarios públicos debemos apegarnos al principio de legalidad. El decreto es muy claro.

      Lo primero que deben hacer, es una reforma al decreto, evitando portillos para que mas de un vivazo vaya a la Sala IV.

  • http://pulse.yahoo.com/_BDBDFXCWUWNWGZLAQPKE35TPE4 x x

    Autopistas del sol hace y deshace como le da la gana. No sería raro que hasta hagan las multas. Lo que sucede es que aunque no sea práctico, la ley es la ley, aquí en CR la gente no se ha dado cuenta que las leyes pueden ser malas o buenas (usualmente son pésimas), pero mientras no las modifiquen estamos OBLIGADOS a acatarlas.
    Geekcr tiene razón en parte de su planteamiento, pero por más práctico que sea se debe modificar primero la ley.

  • terox

    Es sencillo, esperemos que alguien apele y un juez decida… pero como dice El Tráfico, podrían cambiar el decreto para evitarse clavos. Es bueno que se pese, pero si las multas no van a cobrarse, no sirve de nada…

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